La sentencia es novedosa y controvertida. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía ha condenado a un trabajador a abonar a su antigua empresa, entre otros gastos, los 653 euros de la factura del detective privado que esta contrató para demostrar que su baja era un fraude. El investigador acreditó que el empleado, vigilante de seguridad, actuaba como DJ en varias discotecas mientras se encontraba en situación de incapacidad temporal diagnosticado de depresión. Una actividad que la compañía entendió incompatible con su supuesto padecimiento y que le valieron para despedirle disciplinariamente.
Después de que la justicia admitiera la procedencia del despido, el trabajador planteó una segunda demanda reclamando el pago de los salarios pendientes. La compañía, por su parte, respondió con una demanda reconvencional, exigiendo a su ex-empleado 15.000 euros por los perjuicios ocasionados por el proceso de incapacidad temporal, así como una serie de gastos en los que había incurrido para acreditar el fraude y tramitar el despido: además de los 653 euros del detective, 30 euros del burofax, 124 euros del notario y 1.940 del abogado. Tras estudiar el asunto, el juzgado de primera instancia resolvió condenando a la compañía a pagar 1.983 euros por los salarios pendientes, y al vigilante a abonar 17.684 euros, quien recurrió en suplicación.
Finalmente, el TSJ andaluz estima parcialmente el recurso del afectado y rechaza que deba abonar 15.000 euros, pero mantiene el resto de gastos que califica como «perjuicios derivados de la acción de despido declarado procedente» (es decir, el abogado, el detective, el burofax y el notario), que suman, en total, 2.747 euros. Así, resultado de la compensación de de dudas (2.747 euros menos 1.983 euros), el pleito termina con una deuda a favor de la compañía de 763 euros.