Debido, en parte, a las circunstancias coyunturales que vienen produciéndose, tales como la guerra de Ucrania y la inflación, los intereses que se aplican a la mayoría de las hipotecas suscritas en nuestro país han experimentado una notable subida que ha puesto en aprietos a muchas familias.

Para evitar los efectos negativos en las economías familiares, se ha promulgado el nuevo Código de Buenas Prácticas Bancarias que tiene como objetivo aliviar, económicamente, la situación de los hogares que se encuentran en situación de vulnerabilidad por la subida de sus hipotecas, reestructurando la deuda por varias vías y permitiendo que puedan hacer frente a la misma.

Toda familia que tenga contratada una hipoteca a TIPO VARIABLE puede acogerse a dos medidas que son, por una parte, ampliar los años del plazo de devolución (máximo de 7 años) para que el importe del cuota mensual se reduzca al mismo importe que se tenía en junio de 2022; por otra, congelar la cuota en 12 meses con el importe existente a esa fecha.

Otra opción es variar el tipo de interés de variable a fijo que establecerá la entidad bancaria.

Habrá que dirigirse a la entidad con la que tenemos contratada la hipoteca para solicitar la aplicación de este código, presentando aquellos documentos que demuestren los requisitos anteriores y que serán requeridos por la propia entidad (últimas nóminas, el libro de familia, el certificado de empadronamiento de las personas que formen la unidad familiar etc….)

Por último, los requisitos para acogerse al Código de Buenas Prácticas son los siguientes:

  • Que el prestatario sea una persona física.
  • Que la hipoteca sea de la vivienda habitual, que se haya constituido antes del 31 de diciembre de 2022 y cuyo precio no supere los 300.000 euros.
  • Que el total de las 14 pagas que ingresa la unidad familiar no superen los 29.400 euros, aunque la cantidad límite podría ser de 37.800 o 46.200 euros si alguno de los miembros posee una discapacidad superior al 33 y al 65%, respectivamente.
  • Que en los 4 años anteriores a la presentación de la solicitud, la carga que supone la hipoteca para la familia se haya multiplicado por 1,2.
  • Que más del 30% de los ingresos netos de los que dispone la unidad familiar se destinen a la cuota de la hipoteca.