Un Juzgado de Sevilla anula un contrato de cobertura de hipoteca por falta de información al cliente. Global Lex asesora y defiende a un cliente de una Caja de Ahorros ante los Juzgados, por considerar que el contrato de cobertura suscrito a raíz de la firma de un crédito hipotecario debí a reputarse nulo, pues el cliente no había recibido información suficiente sobre las condiciones del contrato que suscribí a. A raí z de la demanda interpuesta por el abogado de Global Lex, Alfonso Fuentes León, el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla ha dictado sentencia por la que declara nulo el acuerdo básico sobre la prestación de servicio sobre productos de inversión y el contrato de cobertura sobre hipoteca -conocido como «swap», suscrito en julio de 2008 entre un particular, que actúa como demandante, y Caixa Galicia, que actúa como demandada ante la «falta de información» sobre dichos contratos y acuerdos. En la sentencia el Juzgado de Primera Instancia condena a la entidad financiera a anular los cargos hasta la interposición de la demanda y de aquellos que se hayan podido producir posteriormente en la cuenta corriente asociada a dicho contrato del demandante. La caja deberá además abonar las cantidades al demandante así como sus intereses desde su cargo en cuenta hasta la completa devolución de las mismas, con imposición a la parte demandada de las costas procesales.